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Registro horario 2026 para pymes: obligaciones vigentes y plazos no aprobados

9 Noviembre, 202518 min de lectura
Registro horario vigente y propuestas pendientes para pymes y empresas

Autor corporativo: Turno Digital (organización)

Revisión editorial: Turno Digital (organización)

Publicado
9 de noviembre de 2025
Actualizado
1 de septiembre de 2026
Revisado
1 de septiembre de 2026

Fuentes consultadas

  • Fuente oficial: Estatuto de los Trabajadores consolidado, artículo 34.9 (BOE)
  • Fuente oficial: Real Decreto-ley 8/2019 (BOE)
  • Fuente oficial: LISOS (BOE)
  • Fuente oficial: Proyecto de Ley 121/000058 (Congreso)
  • Fuente oficial: Proyecto reglamentario sobre registro de jornada (MITES)
  • Fuente oficial: Consulta de futura Orden técnica (MITES)

Divulgación editorial: Contenido informativo revisado por Turno Digital el 1 de septiembre de 2026. No sustituye el asesoramiento jurídico y Turno Digital ofrece el software mencionado.

Estado normativo a 01/09/2026

Vigente: el artículo 34.9 ET exige un registro diario con inicio y final, conservación durante cuatro años y disponibilidad para las personas trabajadoras, sus representantes y la Inspección; no impone soporte digital universal.

Rechazado: el Proyecto de Ley 121/000058 fue rechazado el 10/09/2025.

En tramitación: el proyecto de RD y la consulta de Orden técnica no están publicados en el BOE y no son exigibles hoy; no hay un plazo de entrada en vigor aprobado.

Para leer el contexto sin mezclar estados, consulta el registro horario digital vigente, la guía para adaptar una pyme y el estado normativo del control horario.

El artículo 34.9 ET sigue vigente: exige registro diario, conservación y disponibilidad. El Proyecto de Ley 121/000058 fue rechazado y el proyecto de RD junto con la futura Orden técnica no están publicados en BOE; no hay una nueva obligación digital exigible en 2026.

La tramitación puede generar dudas a pymes y autónomos, especialmente al separar el marco vigente de las capacidades digitales que podrían regularse en el futuro.

Esta guía separa las obligaciones vigentes del artículo 34.9 de las propuestas cuyo proyecto de RD y futura Orden técnica siguen sin BOE y no son exigibles.

¿Qué cambia en la normativa de registro horario 2026 respecto a 2025?

No existe una reforma aprobada que cambie hoy el artículo 34.9. La norma vigente mantiene neutralidad tecnológica; el proyecto reglamentario propone capacidades digitales, pero sigue sin BOE, sin fecha aprobada y sin exigibilidad. Esta guía explica ese estado y cómo planificar una transición sin asumir prohibiciones.

Norma vigente frente a proyecto pendiente

Digitalización propuesta

Vigente: el artículo 34.9 no impone un soporte digital | Proyecto: plantea digitalización, pero sigue pendiente

Acceso remoto para inspecciones

Vigente: disponibilidad, no acceso remoto universal | Proyecto: acceso remoto propuesto, no exigible

Sanciones

Marco vigente: la LISOS clasifica infracciones y consecuencias según los hechos acreditados; no se atribuye aquí un rango al proyecto pendiente.

Requisitos de inalterabilidad

Vigente: no prescribe inmutabilidad técnica | Proyecto: plantea trazabilidad adicional, sin obligación vigente

Entrada en vigor

Proyecto: no tiene fecha de entrada en vigor aprobada

La propuesta refleja una posible evolución técnica, pero no modifica por sí sola el marco vigente ni convierte un soporte en ilegal. La empresa debe revisar fiabilidad, conservación y acceso conforme a su procedimiento.

Yolanda Díaz anunciando cambios en la normativa de registro horario

La imagen ilustra el debate público; el proyecto no tiene todavía BOE ni fecha de entrada en vigor aprobada

¿Cuáles son las obligaciones para pymes en el registro horario 2026?

Las pymes pueden ordenar una transición proporcional a sus recursos. La obligación actual es común, mientras que las capacidades del proyecto siguen siendo una propuesta no exigible.

1. Revisar el sistema actual y su fiabilidad

El proyecto reglamentario de 2026 plantea una novedad relevante: la propuesta de capacidades digitales. A diferencia de la normativa anterior (2019/2025), que no prescribe un soporte digital, el proyecto reglamentario sigue pendiente. Hoy deben comprobarse el contenido, la conservación y la disponibilidad que sí recoge el artículo 34.9.

Las pymes deben cumplir el artículo 34.9: registrar inicio y fin, conservar cuatro años y facilitar el acceso previsto. No existe obligación universal de invertir en software ni de descartar papel o Excel por el mero soporte.

2. Permitir acceso remoto para inspecciones telemáticas

El proyecto reglamentario propone capacidades digitales y acceso remoto, pero no está publicado en BOE ni es exigible. El artículo 34.9 no impone acceso remoto universal.

Una pyme puede elegir nube u otro soporte según su procedimiento y protección de datos. Las capacidades concretas de cualquier proveedor deben verificarse con evidencia vigente; no garantizan el cumplimiento.

3. Valorar un historial de correcciones

El artículo 34.9 no prescribe inmutabilidad ni un historial técnico universal. Como criterio operativo opcional, una empresa puede valorar cómo documentar correcciones. Entre las posibilidades a evaluar están:

  • Fecha de la anotación o corrección
  • Historial de cambios y motivo documentado
  • Mecanismos de autenticación proporcionados al riesgo

4. Conservar registros durante 4 años

Las empresas deben conservar todos los registros de jornada durante un período mínimo de cuatro años, manteniéndolos a disposición de trabajadores, representantes legales y la Inspección de Trabajo. La empresa debe conservarlos y mantenerlos accesibles; las medidas de seguridad y copias deben adecuarse al riesgo y a la protección de datos.

5. Documentar y comunicar el procedimiento

La organización del registro se establece mediante negociación colectiva, acuerdo de empresa o decisión empresarial previa consulta a la representación legal. En la práctica conviene documentar y comunicar el procedimiento elegido, además de mantener los registros a disposición de las personas trabajadoras.

Criterios operativos para una pyme

Estos criterios no son categorías legales ni requisitos universales; sirven para comparar opciones:

  • Coste: comparar precio total, límites y condiciones
  • Configuración: comprobar si encaja con centros, turnos y cambios de plantilla
  • Centros: decidir si conviene una gestión unificada
  • Adopción: probar el procedimiento con las personas usuarias

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¿Cuáles son los plazos para implementar el registro horario 2026?

El proyecto de RD y la consulta de Orden técnica no tienen una fecha de entrada en vigor aprobada. No hay plazos escalonados exigibles; una pyme puede preparar una transición documentada sin tratar la propuesta como norma vigente.

Estado del calendario a 26 de agosto de 2026

Entrada en vigor estimada

Fecha no aprobada

No existe un plazo digital que deba contarse desde este proyecto

Importante: Aunque la normativa no tiene una fecha de entrada en vigor aprobada, es recomendable comenzar la preparación como decisión interna. Turno Digital puede evaluarse como herramienta de gestión, sin convertir una propuesta pendiente en obligación.

¿Cómo prepararse para la nueva normativa de registro horario 2026?

Preparar tu empresa puede centrarse en el artículo 34.9 vigente y en un procedimiento documentado. No hay una fecha aprobada para nuevas obligaciones ni una adaptación digital exigible por ese proyecto.

Paso 1: Auditar tu sistema actual

El primer paso es revisar por separado la obligación vigente y los criterios tecnológicos opcionales:

  • ¿Incluye el inicio y la finalización de cada jornada?
  • ¿Se conservan los registros cuatro años?
  • ¿Pueden ponerse a disposición de quienes indica el artículo 34.9?
  • ¿Está documentado el procedimiento y sus correcciones?
  • ¿Se ha revisado la protección de datos aplicable?

Un acceso remoto, la inmutabilidad técnica o un formato concreto pueden evaluarse aparte, pero no son requisitos universales del artículo 34.9.

Paso 2: Seleccionar una herramienta configurable

Si detectas una carencia, primero corrige el procedimiento. Si decides comparar software, usa criterios verificables:

Turno Digital es una opción que debe contrastarse con la documentación vigente del producto y con las necesidades de la empresa.

  • Coste: Comparar tramos, límites y condiciones publicados
  • Uso: Probar tareas representativas con personas usuarias
  • Capacidad: Comprobar límites y opciones publicadas
  • Revisable: Que permita contrastar las obligaciones legales aplicables
  • Soporte: Verificar canales y condiciones contractuales

Paso 3: Establecer políticas internas

Define y comunica claramente los procedimientos de registro de jornada. Esto incluye:

  • Política de registro horario escrita
  • Procedimientos para fichajes especiales (teletrabajo, viajes, etc.)
  • Protocolo para corrección de errores
  • Normas sobre horas extraordinarias
  • Procedimiento de acceso a registros por parte de trabajadores

Paso 4: Formar al personal

Asegura que todos los trabajadores conocen el funcionamiento del sistema, sus obligaciones y cómo acceder a sus registros. La formación debe incluir:

  • Uso del sistema de fichaje (app móvil, web, QR, etc.)
  • Importancia del registro correcto
  • Cómo consultar sus propios registros
  • Qué hacer en caso de error u olvido
  • Derechos y obligaciones según la normativa

Paso 5: Realizar pruebas piloto

Antes de cualquier cambio, prueba el procedimiento en un grupo reducido de trabajadores para detectar y corregir posibles problemas. Esto te permitirá:

  • Identificar dificultades de uso
  • Corregir errores técnicos
  • Ajustar procedimientos internos
  • Formar a los primeros usuarios que luego formarán a otros
  • Ganar confianza antes del despliegue completo

Paso 6: Revisar protección de datos

Verifica la protección de datos aplicable. El consentimiento no es un requisito universal del control horario y no sustituye la base jurídica. Esto incluye:

  • Información clara, minimización y control de accesos
  • Medidas de seguridad técnicas y organizativas
  • Ejercicio de derechos en los términos que correspondan
  • Política de privacidad clara
  • Registro de actividades de tratamiento (si aplica)

Paso 7: Preparar documentación para inspecciones

Mantén documentación actualizada sobre:

  • El sistema implementado y sus características
  • Políticas internas de registro horario
  • Procedimientos establecidos
  • Formación impartida a trabajadores
  • Evidencias técnicas y contractuales disponibles del software
  • Contratos con proveedores
Preparación para la normativa de registro horario 2026 en pymes

La revisión del procedimiento vigente es útil; no hay una fecha aprobada para nuevas obligaciones digitales

¿Qué ocurre si se incumple el registro horario vigente?

La LISOS vigente clasifica las infracciones según los hechos acreditados. No hay una sanción automática por no usar software ni por no adoptar una capacidad que solo aparece en el proyecto; la consecuencia depende de la conducta, la calificación y el procedimiento aplicable.

Evaluación caso por caso

Sin tabla automática ni cálculo por persona

Este artículo no asigna importes ni categorías a supuestos abstractos. La autoridad debe valorar la conducta acreditada y aplicar, en su caso, la LISOS vigente mediante el procedimiento correspondiente.

También pueden existir reclamaciones individuales, pero ni su resultado ni su cuantía pueden anticiparse sin conocer los hechos, las pruebas y las normas aplicables.

¿Afecta la normativa 2026 al teletrabajo?

El teletrabajo sigue sujeto al registro diario vigente. Debe reflejar fielmente el inicio y fin de la jornada, pero no existe una exigencia digital universal ni un acceso remoto aprobado por el proyecto pendiente.

El fichaje remoto puede ser una capacidad operativa si respeta privacidad y el procedimiento aplicable. El formato y el canal deben permitir la disponibilidad exigida; la geolocalización no es un requisito general.

Criterios operativos para teletrabajo

  • Registro diario: Incluir el inicio y la finalización de la jornada
  • Acceso remoto: Puede ser útil para equipos móviles, pero no es una obligación universal vigente
  • Privacidad: El sistema no debe invadir la privacidad del trabajador más allá de lo necesario
  • Organización: Documentar cómo se aplica el procedimiento a distintos horarios
  • Proporcionalidad: Evitar datos o controles innecesarios

Casos especiales: hostelería, retail, construcción y logística

El artículo 34.9 se aplica con carácter general, mientras la operativa varía por sector. Los siguientes son ejemplos de configuración, no requisitos legales sectoriales:

Hostelería

Una empresa de hostelería puede necesitar modelar turnos partidos o cambios de turno. Debe comprobarlo con su organización y convenio aplicable.

Retail

Una tienda con varias ubicaciones puede valorar una vista por centro; no existe una obligación universal de unificar herramientas. Consulta criterios de control horario para comercios.

Construcción

En construcción, una empresa puede valorar geolocalización o fichaje digital como opciones operativas para coordinar obras. Deben elegirse según el caso, con proporcionalidad y protección de datos; el artículo 34.9 no impone esas capacidades de forma universal.

Logística

En logística, el registro de jornada y la normativa sectorial pueden plantear controles distintos. Deben analizarse por separado antes de configurar fichaje en ruta, ausencias o descansos.

Conclusión: prepararse ahora es clave

El proyecto de registro horario digital sigue pendiente y no constituye una normativa de 2026 aprobada. No puede afirmarse que sus beneficios compensen la inversión de todas las pymes; esa valoración depende de cada caso.

Revisar la herramienta y documentar el procedimiento permite detectar carencias, pero no acredita por sí solo una mejora organizativa. Las consecuencias legales dependen de los hechos y de la norma aplicable.

Recuerda: el proyecto no tiene una fecha de entrada en vigor aprobada. Verifica primero las obligaciones vigentes y decide después si una herramienta digital aporta valor a tu proceso.

¿Quieres revisar una opción digital para tu registro horario?

Revisa la documentación vigente de Turno Digital y contrasta cada capacidad con tu procedimiento. La herramienta no sustituye el análisis aplicable ni garantiza un resultado jurídico.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta al mes un sistema de fichaje para cinco empleados?

Con Turno Digital, el plan Startup para 1–5 empleados cuesta 15 € al mes con IVA incluido, sin costes por centros, administradores ni dispositivos, y con 30 días de prueba gratis sin tarjeta. El lector RFID (con hardware compatible) y el módulo de proyectos se contratan aparte solo si los necesitas.

¿Basta el móvil del empleado para montar el fichaje en un comercio pequeño?

Sí: el fichaje móvil está incluido en todos los planes y no requiere hardware adicional. En un comercio también puedes combinarlo con un QR en la puerta del local o un PIN en tablet si prefieres no depender del teléfono de cada persona.

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