Revisa un informe de jornadasin confundir formatos con obligaciones legales
A 26 de agosto de 2026, el artículo 34.9 exige inicio y final diarios, conservación durante cuatro años y disponibilidad. No impone universalmente pausas, tiempo real, inmutabilidad, PDF o Excel.
Fuentes oficiales: Estatuto de los Trabajadores, proyecto 121/000058 rechazado y proyecto reglamentario pendiente.

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Una captura no demuestra lo que pedirá un requerimiento
Esta imagen ilustra una interfaz. Cada capacidad visible y cada dato exportable deben verificarse con evidencia vigente del producto y frente al requerimiento concreto.

Ocho puntos para separar obligación y criterio opcional
Solo inicio, final, conservación y disponibilidad se presentan aquí como contenido del artículo 34.9. Los demás puntos son criterios de evaluación, no garantías ni requisitos universales.
Inicio y fin de jornada
Inicio y final son contenido vigente; sello de servidor, método y dispositivo son criterios técnicos opcionales.
Pausas y descansos
No son un campo universal del artículo 34.9; revísalas según el cómputo y los acuerdos aplicables.
Horas extra
Un cálculo automático es una capacidad de producto que debe verificarse, no una exigencia del registro diario.
Modificaciones
Comprueba si la herramienta conserva autoría, fecha, motivo y valores; no se atribuye aquí esa capacidad.
Conservación
Los registros deben conservarse cuatro años; la ley no prescribe inmutabilidad técnica universal.
Acceso del trabajador
La disponibilidad es obligatoria; el canal de consulta o descarga de una herramienta debe verificarse.
Por centro y por empresa
La segmentación por centro o empresa es opcional y debe contrastarse con evidencia del producto.
PDF y Excel
Verifica los formatos disponibles; ninguno constituye por sí solo un informe oficial o una garantía legal.
Qué exige hoy la norma y qué sigue pendiente
Vigente (RD-Ley 8/2019)
- · Registro diario con inicio y final de la jornada
- · Conservación de los datos durante 4 años
- · Acceso disponible para trabajadores, representantes e Inspección
- · Sin soporte digital ni firma diaria universal prescritos
En tramitación, no exigible
- · Proyecto reglamentario de digitalización pendiente
- · Consulta de Orden técnica pendiente
- · Sin texto definitivo publicado en el BOE
- · Sin fecha de entrada en vigor aprobada
El Proyecto de Ley 121/000058 fue rechazado el 10/09/2025 y no debe confundirse con el proyecto reglamentario separado. Información divulgativa; revisa fuentes oficiales y tu caso.
Captura de una vista diaria: evidencia pendiente
No se atribuyen a Turno Digital auditoría, historial, cálculos o respuesta en un clic hasta que cada afirmación esté enlazada a evidencia versionada del producto.

Revisión ante un requerimiento
Guía para distinguir ley vigente y criterios internos.
Criterios para revisar informes
Qué debe verificarse antes de atribuir capacidades al producto.
Errores comunes
Los 7 fallos más frecuentes en registro horario y cómo evitarlos.
¿Manejas distribución irregular de jornada?
Revisa el artículo 34.2 ET, el convenio y la distribución aplicada. Una herramienta no garantiza por sí sola el cumplimiento ni un porcentaje correcto.
Preguntas frecuentes
¿Qué exige hoy el artículo 34.9 del registro diario?+
Un registro diario que incluya el horario concreto de inicio y finalización, conservación durante cuatro años y disponibilidad para las personas trabajadoras, sus representantes y la Inspección. No prescribe pausas, inmutabilidad, acceso remoto, PDF o Excel con carácter universal.
¿Cuánto tiempo hay que conservar los registros de jornada?+
La normativa vigente exige conservar los registros durante 4 años y mantenerlos accesibles para los trabajadores, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo.
¿Es válido un Excel firmado a diario?+
El artículo 34.9 no prohíbe Excel ni exige una firma diaria universal. El cumplimiento depende del contenido, la organización, la conservación y la disponibilidad del registro. El proyecto digital sigue pendiente y no es exigible.
¿Exige hoy la ley un historial inalterable de modificaciones?+
No como diseño técnico universal. Documentar autoría, fecha, motivo y valores de una corrección puede ser un criterio interno útil, pero su alcance debe verificarse en cada herramienta y procedimiento.
¿La ley homologa un PDF o Excel como informe oficial?+
No. La ley vigente no homologa el PDF o Excel de un proveedor. Cualquier exportación debe revisarse por su contenido y por el requerimiento concreto.
¿Cómo saco un informe de horas por trabajador y por periodo?+
Filtra por persona y rango de fechas en el panel y exporta el resultado en el formato disponible (PDF o Excel). Antes de entregarlo, revisa que cada día del periodo tenga inicio y fin y que las correcciones aparezcan con su motivo: un informe con huecos sin explicar es lo primero que genera preguntas en una revisión.
¿Cómo adapto los informes a lo que dice mi convenio colectivo?+
Parte de los conceptos que tu convenio usa para computar la jornada (trabajo efectivo, pausas computables, nocturnidad, descansos entre jornadas) y comprueba que el informe te permita verlos o calcularlos con los datos exportados. El sistema registra horas y marcas; la traducción a las reglas del convenio la hace tu procedimiento o tu gestoría con esos datos.
Me avisan de una visita de Inspección y tengo fichajes sueltos en correos y ficheros: ¿por dónde empiezo?+
Consolida primero: reúne por persona y día los registros dispersos, marca de dónde salió cada dato y deja documentada cualquier reconstrucción con su motivo. Prepara también el procedimiento interno de registro. Entregar un consolidado ordenado con sus explicaciones es muy distinto a entregar ficheros inconexos.
Con turnos rotativos de fin de semana, ¿qué informe me deja ver el descanso entre jornadas?+
Un informe mensual por persona ordenado por día: con el fin de una jornada y el inicio de la siguiente en la misma vista puedes comprobar de un vistazo si el descanso entre jornadas se respeta tras los cierres de fin de semana. Exporta el mes en Excel y añade la columna de horas entre fin e inicio si tu sistema no la muestra directamente.
Acabo de entrar a administración de personal: ¿cómo compruebo rápido que el informe del mes cuadra?+
Tres comprobaciones: días del mes con inicio y fin por persona, correcciones del mes con motivo y autor, y suma de horas coherente con los turnos teóricos del calendario. Si las tres pasan en diez minutos, el mes está listo para nómina; si falla una, el propio informe te dice por dónde empezar.
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